Por Carlos Batallas Profesor asociado de Derecho Internacional Humanitario en IE University.
El futuro de la Corte Penal Internacional dependerá de la voluntad de los Estados de sostenerla cuando sus decisiones resulten incómodas. Para América Latina, esa discusión no es abstracta: condiciona también la protección de sus propios ciudadanos.
¿Puede funcionar la justicia internacional cuando quienes deben aplicarla se convierten en objeto de represalias? Las sanciones estadounidenses contra integrantes de la Corte Penal Internacional, incluida su presidenta, sitúan esa pregunta en el centro del debate. Por más que La Haya parezca lejana a América Latina, lo que ocurre allí tiene consecuencias que trascienden la diplomacia: afecta la posibilidad de exigir responsabilidades cuando el poder político cierra las vías nacionales de justicia.
Conviene, primero, precisar qué hace, o puede hacer, la CPI. Se trata de un tribunal permanente que juzga a personas por genocidio, crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y, bajo condiciones específicas, el crimen de agresión. Pero su competencia tiene límites claros: no puede intervenir ante cualquier atrocidad, en cualquier país y en cualquier momento, ni sustituye automáticamente a los tribunales nacionales. Su funcionamiento descansa en el principio de complementariedad: los Estados conservan la responsabilidad principal de investigar y juzgar, y la intervención internacional solo procede, entre otros requisitos, cuando las actuaciones nacionales son inexistentes o fingidas.
Hay, además, un problema estructural que suele pasarse por alto: siendo una corte penal, la CPI no tiene policía propia. Necesita que los Estados detengan y entreguen a los sospechosos, faciliten pruebas y protejan a quienes colaboran con las investigaciones. Una orden de detención puede estar jurídicamente vigente y, al mismo tiempo, resultar imposible de ejecutar durante años. Esa distancia entre decisión y cumplimiento explica por qué el apoyo político es indispensable, aun cuando las decisiones judiciales deban permanecer independientes de él.
Tras la decisión de la Corte de emitir órdenes de detención contra el primer ministro y el ministro de Defensa de Israel, así como contra responsables de Hamás, varios Estados decidieron aplicar sanciones contra la Corte y, personalmente, contra los funcionarios vinculados a este caso. Estas medidas añaden una dimensión nueva al conflicto. En agosto de 2026, la propia Corte informó que nueve de sus dieciocho jueces estaban sancionados por Estados Unidos, junto con responsables y personal de la Fiscalía. El problema institucional es evidente: imponer costes personales a quienes participan en procedimientos judiciales puede desalentar su actuación y paralizar el trabajo de la institución. La controversia deja así de limitarse a si una resolución está bien fundamentada y alcanza a las condiciones mismas que hacen posible adoptarla con independencia.
Defender esa independencia exige, eso sí, aceptar el escrutinio. La CPI debe responder por la calidad de sus investigaciones, la duración de sus procedimientos, el respeto a las garantías procesales y la claridad con que selecciona sus prioridades. Las críticas sobre una justicia desigual merecen siempre respuestas verificables. Pero hay una diferencia fundamental entre recurrir una decisión, exigir mejoras institucionales y presionar a quienes juzgan para evitar una investigación. Confundir esas tres cosas permite presentar el debilitamiento de la justicia como si fuera una reforma.
¿Tiene futuro la Corte? Sí, aunque su continuidad formal ofrece una respuesta insuficiente. Puede seguir existiendo y, a la vez, perder toda capacidad real para investigar, proteger testigos o lograr detenciones. Su destino dependerá de decisiones concretas: financiación suficiente, cooperación judicial, protección de su personal y respaldo sostenido frente a las represalias. Los comunicados diplomáticos tienen valor, pero su credibilidad se comprueba cuando cumplir una obligación supone asumir un coste frente a un aliado o un socio comercial.
En el plano internacional, el riesgo es consolidar una justicia cuya aplicación dependa de la capacidad de cada acusado para conseguir protección. Ningún tribunal puede eliminar por sí solo las desigualdades de poder. Sin embargo, aceptar que esas desigualdades determinen quién puede ser investigado vacía de contenido la aspiración a una responsabilidad penal universal. Y ofrece un incentivo preocupante: buscar un protector suficientemente poderoso podría resultar más rentable que responder ante un juez. Para las víctimas, la consecuencia sería una justicia condicionada por alianzas sobre las que no tienen ninguna influencia.
América Latina ya forma parte de esta discusión. Venezuela notificó el 24 de julio de 2026 su retirada del Estatuto de Roma, con fecha de efecto registrada por Naciones Unidas el 24 de julio de 2027. La distinción importa: anunciar una retirada no equivale a quedar fuera del sistema de inmediato. El propio Estatuto establece que la denuncia no extingue determinadas obligaciones previas ni impide seguir examinando cuestiones que la Corte ya tuviera ante sí. La salida no constituye un borrado automático del pasado.
Colombia muestra otra posibilidad: la relación entre justicia nacional e internacional puede orientarse a fortalecer las instituciones internas. En 2021, la Fiscalía de la CPI cerró el examen preliminar sobre Colombia y suscribió un acuerdo de cooperación con compromisos de apoyo a los mecanismos nacionales de justicia. Ese antecedente no certifica la resolución de todos los problemas de impunidad, pero ilustra algo importante: la relevancia de la Corte también debe medirse por su contribución a que los procesos nacionales funcionen.
Y ¿dónde encaja la Corte Interamericana de Derechos Humanos? Su función es distinta. Mientras la CPI determina responsabilidad penal individual, la Corte Interamericana establece la responsabilidad internacional de los Estados por violaciones de derechos humanos. Puede ordenar reparaciones y medidas para evitar la repetición de los hechos, pero no condena penalmente a una persona ni la envía a prisión. Ambos tribunales pueden ser relevantes frente a unos mismos hechos, aunque respondan a preguntas jurídicas diferentes.
La experiencia interamericana muestra por qué esa diferencia importa. En el caso Barrios Altos contra Perú, la Corte declaró incompatibles con la Convención Americana las leyes de amnistía examinadas, que obstaculizaban la investigación y sanción de graves violaciones. Su intervención buscaba remover barreras estatales a la justicia, una función que conserva especial relevancia para quienes ven cerradas las instituciones de su propio país.
El debilitamiento de la CPI no modifica automáticamente las competencias de la Corte Interamericana; la conexión es política e institucional. Normalizar las represalias contra jueces internacionales puede hacer más aceptable que otros gobiernos desacrediten o desobedezcan los mecanismos que los supervisan. Es un riesgo, no una consecuencia inevitable. Precisamente por eso conviene defender ambas instituciones desde sus mandatos particulares: exigirles rigor sin convertir cada decisión incómoda en una excusa para desmantelarlas.
Los países latinoamericanos disponen de un margen de actuación concreto. Pueden cumplir sus obligaciones, sostener la cooperación, proteger a víctimas y testigos y reforzar la independencia de sus tribunales nacionales. Y deberían aplicar un criterio consistente cuando las investigaciones afectan a gobiernos políticamente próximos, porque la defensa selectiva de la justicia termina debilitando el principio que dice invocar.
El momento de decidir es ahora
La justicia internacional no se defiende en las paredes de La Haya: se defiende en las aulas, en los tribunales, en las urnas y en cada declaración pública de los representantes políticos. Que la CPI siga siendo capaz de investigar, proteger testigos y ejecutar detenciones depende de lo que hagamos hoy, no de lo que prometamos mañana.
Los ciudadanos tenemos que informarnos sobre estos casos, cuestionando con rigor tanto a la Corte como a sus detractores, y exijir a nuestros gobiernos una posición coherente. Hay que exigirles que se pronuncien contra las sanciones a jueces internacionales, que financien y cooperen con el sistema, y que lo hagan con la misma firmeza cuando la acusación recaiga sobre un aliado que cuando recae sobre un adversario. Si América Latina calla ahora, estará diciendo que la justicia es un lujo que solo se permite cuando no molesta. Las víctimas de los conflictos en América Latina no pueden esperar otra década para descubrirlo.
Una institución imperfecta necesita reformas y vigilancia; las víctimas necesitan que siga siendo capaz de actuar. Ni la Corte ni la protección de las víctimas sobrevivirán solas: les toca a los Estados sostenerlas, y los Estados responden, en última instancia, a los ciudadanos.
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